9 de junio de 2010

REGLAMENTO DEL INTERNADO ANUAL ROTATORIO PRESENTADO POR EL SECRETARIO ACADEMICO ROCATAGLIATA

El Secretario academico Profesor Rocatagliata presento en comision de enseñanza 1 este lunes el reglameto que figura mas abajo.Este reglamento fue firmado por los profesores por la mayoria y los graduados por la mayoria (que representa los intereses de Carlos Rojo y su hijo Matias Rojo Dirigente del NEM) .Posiblemente se presente en el Consejo Directivo el dia juves.


ANEXO I
REGLAMENTO DEL INTERNADO ANUAL ROTATORIO (IAR)


SECCIÓN I
DE LA ESTRUCTURA DEL IAR
A – DE LAS AUTORIDADES Y RESPONSABLES DEL INTERNADO ANUAL ROTATORIO
1) Las autoridades del IAR dependen de la Secretaría de Asuntos Académicos de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires y son designadas por el Consejo Directivo de la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires a propuesta del Secretario Académico.

2) Las autoridades del IAR son:
a) Coordinador General del IAR
b) Vicecoordinador General del IAR
c) Comité Ejecutivo del IAR

3) El Coordinador General del Internado Anual Rotatorio será un profesor o ex-profesor de esta Casa y tendrá como funciones planificar, implementar, auditar, y coordinar todas las actividades del Internado Anual Rotatorio. A tales efectos, se le otorgará un ámbito adecuado para que funcione de manera eficiente y se le facilitará el personal administrativo y aquellos elementos técnicos necesarios para tal fin. Si el Consejo Directivo lo considera conveniente, también podrá designar un Vice-Coordinador General del Internado Anual Rotatorio quien deberá ser un Docente de esta Casa de Estudios y sus funciones serán las de asistir al Coordinador General en el cumplimiento de las funciones arriba mencionadas.

4) El Comité Ejecutivo cuenta con la estructura que a continuación se describe:

a) Coordinador General del IAR quien tendrá a su cargo la coordinación del Comité Ejecutivo y las funciones que se establezcan en el presente Reglamento
b) Vicecoordinador General del IAR
c) Integrantes del Comité: representantes de cada uno de los módulos del IAR y asesoras pedagógicas.



5) Son funciones del Comité Ejecutivo entender en los siguientes aspectos:
a) Planificar, diseñar, supervisar y evaluar las actividades curriculares que se desarrollen en el IAR
b) Consensuar con los Departamentos que participan de los Módulos del IAR, las actividades que en los mismos se desarrollen.
c) Consensuar el desarrollo de las actividades curriculares del IAR con las diversas Unidades Asistenciales que lo instrumentan.
d) Asistir, supervisar y evaluar a las Unidades Asistenciales, que forman parte del Estructura del IAR, en lo atinente a las condiciones que se brinden para la adecuada realización de las actividades previstas en el Programa del IAR
e) Aconsejar a la Facultad acerca de la cifra de vacantes ofertadas por cada uno de las Unidades Asistenciales
f) Generar espacios de diálogo y encuentros entre los actores involucrados en el IAR manteniendo una comunicación fluida con las Unidades Asistenciales de modo que se garantice homogeneidad en la información transmitida y se haga cumplir con las obligaciones correspondientes para que el IAR funcione adecuadamente de acuerdo a las normas establecidas por el presente Reglamento.
g) Profundizar la participación y colaboración de los Hospitales de Convenio y Centros de Salud.
h) Relevar la opinión de los alumnos y docentes participantes del programa del IAR instrumentando mecanismos de recolección de datos a través de encuestas, para obtener conclusiones que permitan optimizar la calidad de la formación en el Internado Anual Rotatorio

6) En el marco de la regionalización de la estructura académico-organizativo del Ciclo Clínico (resol CD 971/02), las Unidades Regionales de Enseñanza (URE), tienen como atribución a través de los Director/es de UDH/ Coordinador/es de Hospital Asociado y Coordinador/es del IAR, proponer un Coordinador Regional del IAR cuya función será aquella de entender en todo lo referente a la instrumentación del IAR en esa Unidad Regional y mantener una relación estrecha con los otros Coordinadores Regionales de las URES y con el Comité Ejecutivo del IAR.

7) Las Unidades Asistenciales, de acuerdo a las características que a continuación se mencionan, nombrarán responsables para garantizar un adecuado desarrollo del IAR,
a) Las Unidades Asistenciales que sean asiento de UDH y en las cuales se lleven a cabo actividades del IAR, el responsable final de la instrumentación del Programa del Internado Anual Rotatorio será el Director de la UDH y/o Coordinador Docente del Hospital Asociado, tanto para sus alumnos de pertenencia como para todos aquellos alumnos que la Facultad incorporase a dicha Institución. A los efectos operativos e instrumentales del funcionamiento del IAR en la Unidad Asistencial podrá proponerse al Consejo Directivo, de común acuerdo entre el Coordinador General del IAR y el Director de la UDH y/o Coordinador Docente del Hospital Asociado, la designación de un Coordinador del IAR para esa Unidad Asistencial quien controlará y supervisará el desarrollo del Programa del IAR y las actividades llevadas a cabo por los Internos
b) En aquellas otras Unidades Asistenciales que no sean asiento de UDH la responsabilidad del IAR será asumida por un Coordinador del IAR para esa Unidad, quien será designado por el Consejo Directivo a propuesta de la Secretaría de Asuntos Académicos a partir de la oferta realizada por la propia Unidad Asistencial en acuerdo con el Coordinador General del IAR. En estas Unidades, se designará un cuerpo "docente - asistencial" propuesto por la Institución.

8) Cada Unidad Asistencial podrá proponer la designación de Jefe de Trabajos Prácticos -honorario- a los profesionales encargados de cada Módulo integrante del programa del IAR (Responsable de Módulo), ya sea que éstos asienten en Unidades Docentes Hospitalarias, Hospitales Asociados, Hospitales de Convenio y/o Centros de Salud. La duración de la designación será por un período lectivo y se renovará automáticamente excepto cuando mediara una notificación en contrario elevada por el Director de la UDH/Coordinador Docente del Hospital Asociado, el Coordinador del IAR del Hospital de Convenio y/o Centro de Salud o bien, por autoridades de la Facultad de Medicina. En circunstancias atendibles podrá agregarse la designación de un Ayudante 1ro. -honorario- en cada uno de los Módulos (resol CD 2374/01).
B– DE LAS UNIDADES ASISTENCIALES PARTICIPANTES DEL DESARROLLO DEL IAR

9) Las Unidades Asistenciales capaces de instrumentar el Internado Anual Rotatorio son:
a) Unidades Docentes Hospitalarias de la Facultad de Medicina (asiento de UDH).
b) Hospitales Asociados a la Facultad de Medicina (asiento de UDH).
c) Hospitales de Convenio (sin UDH).
d) Centros de Salud (sin UDH).

10) La Facultad de Medicina llevará a cabo convenios con Instituciones públicas y privadas (Gobiernos provinciales, Municipalidades, Ministerios, Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Instituciones privadas, Instituciones de Comunidad, etc) a efectos de instrumentar las actividades del IAR en los diversos establecimientos asistenciales de su dependencia (Unidades Asistenciales) siempre que cumplan con los requisitos de práctica auditada, supervisión académica adecuada y capacidad para promocionar la actividad del alumno. Estas Instituciones podrán ser de dos tipos: Hospitales de Convenio y/o Centros de Salud.

11) La "Estructura de Hospitales de Convenio y Centros de Salud" estará conformada por todos los Hospitales de Convenio y los Centros de Salud que disponga el Internado Anual Rotatorio.



SECCIÓN II
DE LA ORGANIZACIÓN Y DISTRIBUCION DE LOS INTERNOS DEL IAR
12) El Interno debe realizar el IAR en la UDH de pertenencia. De no ocuparse las vacantes por los alumnos salientes de la UDH respectiva éstas podrán ser cubiertas, hasta el cupo acordado, por alumnos provenientes de otras UDH priorizando para ello a aquellos pertenecientes a la UDH "Clínicas" y "Lanari" y a quienes habiten en el área de influencia de la Unidad Asistencial solicitada. En aquellos casos en que las vacantes ofrecidas por las Unidades Asistenciales sean menores al número de alumnos que cursaron allí la UDH y se generasen conflictos en la asignación de plazas, el Coordinador General del IAR dispondrá los medios para la solución de la circunstancia planteada.

13) La "Estructura de Hospitales de Convenio y Centros de Salud" atenderá:
a) En primer término y de manera privilegiada a los alumnos pertenecientes a las UDH “Clínicas” y “Lanari” (URE 1)
b) En segundo término a aquellos estudiantes, pertenecientes a otras UDH/ Hospitales Asociados en donde no se instrumenten algunos de los módulos establecidos en el Programa del IAR.
c) En tercer término y sólo, cuando las demandas establecidas en los incisos a) y b) del presente artículo hayan sido satisfechas, podrá atender los requerimientos de alumnos de otras UDH/ Hospitales Asociados (URE 2, 3, 4, y 5).

14) La distribución de los estudiantes que devenga de lo establecido en los incisos a), b) y c) del artículo 13) del presente Reglamento será realizada, exclusivamente, por la Coordinación General del IAR. La oficina administrativa del IAR no realizará ninguna distribución de alumnos a pedido de las autoridades de las diferentes instituciones sino que seguirá las pautas que establezca la Coordinación General del IAR.

15) Cada UDH/ Hospital Asociado, en la medida de sus posibilidades, deberá aceptar un número de alumnos agregados a aquellos de su pertenencia, por la Facultad y a efectos de instrumentar el IAR (en todos o algunos de los Módulos que lo conforman).

16) El estudiante puede solicitar cumplimentar algún Módulo puntual en el Servicio pertinente de otra Unidad Asistencial, nacional o extranjera, que cumpla con los requisitos de práctica auditada, supervisión académica adecuada y capacidad para promocionar las actividades de los alumnos.

17) En lo referente a lo enunciado en el artículo 16 del presente Reglamento, la Facultad de Medicina ofrece un listado de Unidades Asistenciales en diferentes puntos del país y del extranjero, en los cuales se puede desarrollar la totalidad del IAR o bien alguno/s de el/los Módulo/s, y que cuentan con el respaldo institucional. Aquellos internos que estén interesados podrán optar por dichas vacantes teniendo en cuenta que tendrán prioridad:
a) Los alumnos pertenecientes a las UDH “Clínicas” y “Lanari”;
b) Los alumnos provenientes del área de la región ofrecida;
c) Los alumnos que deseen completar todos los Módulos en ese lugar

18) Para hacer operativa la posibilidad de acceder a la modalidad de cursada del IAR dispuesta en el artículo 17) del presente Reglamento se dispone:
a) Los alumnos que opten por esta alternativa deberán notificar al IAR y a las autoridades correspondientes de la UDH/ Hospital Asociado a la que pertenezcan con más de 60 días de antelación a fin de garantizar la vacante en la Unidad Asistencial que lo acepte y, una vez confirmada ésta, dar de baja su plaza en la UDH/ Hospital Asociado de pertenencia (para que dicha plaza pueda ser ocupada por otro alumno).
b) En el caso que la cantidad de aspirantes exceda las vacantes de las Unidades Asistenciales mencionadas en el artículo 17) se llevará a cabo un sorteo para realizar la asignación de las mismas.

SECCIÓN III
DEL DESARROLLO DEL PROGRAMA DEL INTERNADO ANUAL ROTATORIO
19) Para iniciar el Internado Anual Rotatorio se requiere tener aprobada la totalidad de las asignaturas del ciclo clínico de la Carrera de Medicina. Ningún Interno podrá comenzar a cursar el Internado Anual Rotatorio antes de la fecha del acta por la cual haya aprobado la última materia del ciclo clínico.

20) De acuerdo a la planificación e instrumentación de las actividades en las diferentes Unidades Asistenciales, el Internado Anual Rotatorio podrá comenzar por cualquiera de los Módulos sin necesidad de seguir un orden establecido, más que el impuesto por esa Unidad.

21) La actividad en Servicio de los Internos estará incorporada al Sistema de Residencias Médicas. En aquellos Servicios que no tengan Residentes deberán organizarse actividades vespertinas para completar la carga horaria exigida.

22) El Internado Anual Rotatorio durará un período lectivo completo (40 semanas), en concordancia con lo establecido por la Res CS 3408/99: “La carga horaria del Ciclo del Internado Anual Rotatorio será de dos mil ciento cuarenta (2.140) horas comprendiendo ochocientos cuarenta y cuatro (844) horas de guardias semanales de veinticuatro (24) horas, un período lectivo de nueve (9) meses con horario a tiempo completo de ocho (8) horas diarias de lunes a viernes”.
Una vez cumplimentadas las exigencias del IAR el alumno estará en condiciones de presentarse al Examen Final del Ciclo Clínico

23) En situaciones puntuales y debidamente justificadas, el Director de UDH/ Coordinador Docente del Hospital Asociado o el Coordinador del IAR según corresponda, podrán autorizar un menor cumplimiento horario por día, compensando con una mayor cantidad de días de asistencia a las actividades planificadas. Asimismo, deberá ajustar los horarios de ingreso y egreso acorde a las dificultades laborales que el Interno manifestare y justificase.

24) Las actividades de los Internos se desarrollarán en los módulos de acuerdo a la siguiente distribución del tiempo:

Clínica Médica 8 semanas
Cirugía 8 semanas
Pediatría 8 semanas
Tocoginecología 8 semanas
APS 4 semanas
Salud Mental 4 semanas

25) La emergentología será incluida en forma integrada dentro de los Módulos instrumentándose en Guardia Externa o en piso.

26) Los Módulos tendrán fecha de inicio y finalización comunes para cada año en todas las Unidades Asistenciales en las cuales se instrumenta el IAR, a saber:
Ejemplo: "período lectivo 2010"
a) 01/03 al 23/04
b) 26/04 al 18/06
c) 21/06 al 13/08
d) 16/08 al 08/10
e) 11/10 al 3/12

En forma excepcional los alumnos podrán incorporarse después del mes de octubre o antes del mes de marzo debidamente autorizadas por el Consejo Directivo.

27) Los alumnos que tuvieren inconvenientes debidamente comprobados, podrán incorporarse a las rotaciones de 8 semanas de duración hasta 8 días hábiles luego de comenzada la rotación y en las rotaciones de 4 semanas de duración podrán hacerlo hasta 4 días hábiles luego de comenzada la misma, lo cual es compatible con el cumplimiento del 80 % de asistencia a las rotaciones.


28) Aquellos alumnos que excepcionalmente ingresen al IAR inmediatamente después del turno de exámenes finales del mes de julio de cada periodo lectivo y para que puedan rendir el Examen Final Integrado del Ciclo Clínico en el turno de marzo del año siguiente, deberán cumplir con las siguientes pautas:

a) Desarrollar el IAR de manera continua e ininterrumpida durante el transcurso de 32 semanas, cumpliendo, de este modo, con el 80% exigido en el Programa aprobado del IAR y con todas las actividades establecidas del presente Reglamento y en el programa anteriormente referido.

b) El interno deberá cumplimentar el 100% de presentismo de las 32 semanas de cursada. Si el mismo incurriese en alguna inasistencia, la misma deberá ser justificada por el Director de la UDH/Responsable de Módulo/Coordinador del IAR y avalada por el Coordinador General del IAR, caso contrario quedará como AUSENTE en el Módulo correspondiente.

c) Aprobar:
c.1) los módulos: Medicina, Cirugía, Tocoginecologia y Pediatría, con una duración de 8 semanas cada uno de ellos
c.2) los contenidos de Salud Mental y APS que se articularán en el transcurso de los módulos mencionados en el inciso c.1) del presente artículo.

29) Cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 28) del presente Reglamento, aquellos alumnos que cursaran excepcionalmente el IAR con el cronograma dispuesto en dicho artículo estarán en condiciones de poder rendir el Examen Final Integrado del Ciclo Clínico.



SECCION IV
DEL SISTEMA DE EVALUACION DEL INTERNADO ANUAL ROTATORIO

30) Se adopta para el Internado Anual Rotatorio el régimen de promoción con examen final en cada uno de los Módulos que lo integran, por lo tanto se considerará APROBADO el INTERNADO ANUAL ROTATORIO cuando el interno haya aprobado los exámenes finales previsto en cada uno de ellos.

31) Se encontrará en condiciones de rendir el examen final de cada Módulo del IAR el interno que haya cumplido con la regularidad del Módulo. La regularidad se logrará cumpliendo con el 80% de presentismo así como con las actividades previstas tal como se estipulan en el Programa de Internado Anual Rotatorio (Condición de alumno Regular).

32) En cada uno de los Módulos del IAR, una vez obtenida la regularidad el estudiante estará en condiciones de presentarse al examen final del Módulo y para aprobarlo deberá obtener una calificación de 4 o más puntos. La evaluación constará, en cada uno de los Módulos, de un examen de habilidades y destrezas clínicas frente a un paciente concreto, administrado con un instrumento de evaluación considerado válido para tal efecto: listas de cotejo, grillas de observación, rúbricas, o cualquier otro instrumento que permita de manera válida y objetiva evaluarlas. La evaluación de los internos estará a cargo del Jefe de Servicio /Unidad/ División /Departamento /Responsable de Módulo, de común acuerdo con el Director y/o Coordinador. Una vez llevado a cabo el proceso de evaluación final de cada módulo el responsable del mismo deberá elaborar el acta, haciendo constar la calificación numérica obtenida por cada interno, y elevarla, en un plazo máximo de 48 hs., al Director de la UDH/Coordinador Docente del Hospital Asociado quien a su vez una vez firmada y avalada la elevará a la oficina administrativa del IAR, en el término de 24 hs.

33) Será obligatorio, por parte de las Secretarías de UDH y Hospitales Asociados, entregar en la Oficina del IAR de la Facultad de Medicina el acta correspondiente en el tiempo establecido en el artículo 32 del presente Reglamento.

34) El alumno que no obtenga la regularidad en algún Módulo ya sea por inasistencias y/o incumplimiento de las exigencias establecidas en cada módulo (evaluaciones con propósito formativo) deberá repetirlo íntegramente en el mismo servicio o en otro que establezca el Director de la UDH/Coordinador Docente del Hospital Asociado, hasta alcanzar las competencias, habilidades y destrezas estipuladas en el Programa del IAR para dicho Módulo.

35) En el caso que un alumno reiteradamente no cumpliera con las exigencias estipuladas en el/los Módulo/s, dicho caso será estudiado específicamente por el Comité Ejecutivo del Internado Anual Rotatorio.

36) El alumno que desaprobara el examen final del Módulo será consignado en el acta del Módulo como INSUFICIENTE con la calificación respectiva y podrá rendir nuevamente el examen en fechas próximas programadas.

37) Aprobada la totalidad de los Módulos, los alumnos deberán rendir y aprobar el Examen Final Integrado del Ciclo Clínico (Medicina Integrada)que se llevará a cabo centralizadamente en el edificio de la Facultad de Medicina

38) El Examen Final Integrado del Ciclo Clínico (Medicina Integrada) constará en ACTAS sin calificación numérica (promovido o no). Aquellos estudiantes que no aprueben dicho examen, podrán rendirlo nuevamente en próximas fechas programadas en que se implemente el mismo

Todos al Consejo Directivo el Jueves 10 de junio